Debido a que te has quedado desempleado puedes hacer uso de este recurso para aumentar tu liquidez y mejorar la economía de tu familia por al menos un tiempo, aquí te explicamos los pasos a seguir para retirar los fondos de cesantía del IESS.

Tipo de trámite

Para solicitar el retiro de los fondos de cesantía, la solicitud lo puedes hacer de manera online, sin necesidad de acudir a unto de atención físico.

Requisitos necesarios

  1. Deberás tener acumuladas 24 aportaciones NO simultáneas en relación de dependencia.
  2. Esperar al menos 60 días o 2 meses después de haber sido despedido para realizar el trámite (es decir que el trámite lo podrás hacer desde el día 61 de haber sido despedido)
  3. Debes tener registrada y autorizada una cuenta bancaria en el sistema del IESS, y que esta cuenta esté «activa» es decir que la uses frecuentemente para tus actividades cotidianas. ( si aún no tienes una cuenta bancaria registrada en el IESS, mira como hacerlo dando clic aquí)
  4. Además es importante que no debes tener prestamos quirografarios vigentes.
  5. Tampoco debes tener obligaciones patronales pendientes de pago con el IESS.
  6. Deberás tener acceso al sistema del IESS con tu clave personal de acceso (si has olivado tu clave, puedes recuperarla, da clic aquí para saber como hacerlo).

Para los jubilados

  1. Los afiliados cesantes y JUBILADOS que deseen solicitar los fondos de cesantía, deben obtener previamente su clave personal de acceso al portal del IESS.

RECUERDA QUE: Tienen derecho al retiro del monto acumulado de cesantía, sin ser necesario cumplir con el tiempo de espera de los 60 días, los afiliados que se estén cesantes para acceder a la jubilación o mejora por vejez, pensiones de invalidez o rentas permanentes totales o absolutas de riesgos del trabajo o los derechohabientes del afiliado fallecido.

Para los afiliados/as que se acogieron al permiso por paternidad o maternidad para el cuidado de los hijos

  1. Igualmente deben tener 24 aportaciones acumuladas no simultáneas en la cuenta individual de cesantía.
  2. No tener vigente préstamos quirografarios.
  3. No tener obligaciones patronales pendientes con el IESS.
  4. Deben tener correctamente registrado en el sistema del IESS de Historia Laboral el permiso por maternidad y paternidad.
  5. Finalmente deben estar dentro de los 3 días posteriores a la terminación de la licencia con sueldo.

Pasos para solicitar los fondos de cesantía

Si cumples con tener una cuenta bancaria activa en el sistema de IESS, además, recuerdas tu clave de acceso a la página web del IESS, has estado 60 días sin empleo (es decir que el trámite lo podrás hacer desde el día 61 de haber sido despedido), no tienes prestamos quirografarios ni deudas patronales, entonces sigue los siguientes pasos:

  1. Debes ir a la página web oficial del IESS https://www.iess.gob.ec/ (puedes hacerlo directamente desde el link proporcionado sin ningún problema).
  2. Ahora tienes que ir a la opción «AFILIADOS», que está en el menú superior.
  3. Da clic en el enlace que dice «SERVICIOS EN LÍNEA» que se encuentra de color verde.
  4. En la nueva página tendrás varias opciones, tu debes escoger la que dice «CESANTÍA»
  5. En la nueva ventana que se abre, coloca tu número de cédula y clave de acceso personal.
  6. Cuando ya hayas entrado al sistema digital del IESS, escoge la opción «SOLICITUD», y si estás de acuerdo debes darle clic en aceptar.
  7. Listo ya has hecho la solicitud.

¿Cuánto tarda en hacerse el depósito de los fondos de cesantía?

La transferencia de dinero a tu cuenta bancaria no deberá tardar mas de 30 días en hacerse efectiva desde que realizaste el trámite.

De hecho está estipulado que tu depósito lo tengas entre 3 a 5 días laborables desde la solicitud.

¿En que horario se puede hacer la solicitud?

Este tipo de trámite se lo hace de manera online, por lo que podrías hacerlo a cualquier hora los 365 días del año, sin embargo te recomendamos lo hagas en los horarios vigentes de trabajo, es decir de 8 a 16 horas del día.

¿Qué costo tiene el trámite?

La solicitud de retiro de los fondos de cesantía no tiene ningún tipo de costo por lo que el sistema no te va a pedir que has alguna transferencia bancaria ni tampoco deberás pagar a ningún funcionario por el trámite.

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Un comentario

  1. xaviercarvache2@gmail.com dice:

    Es decir si no tengo las 24 aportaciones nunca podré retirar el dinero a pesar que es mío,yo tengo 58 años y las compañías ya no me contratan porque tengo problemas de la columna los hacen las leyes no ven más allá de sus narices,me parece injusto de no poder retirar un dinero que se supone sea mío

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